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Comunicado oficial ayuntamiento de Alconchel sobre acusaciones de la asociación de guardias civiles

11 de Julio | 13:10
Redacción
Ante las  informaciones falsas y la abierta manipulación de los hechos realizada por determinada Asociación contra el Alcalde, nos vemos en la obligación de salir al paso de las mismas mediante el presente comunicado.

El pasado 1 de julio de 2019 se produjo un pavoroso incendio que amenazaba con arrasar buen número de fincas de nuestro término municipal, incluso llegando hasta la “Sierra de La Cobanada” de enorme potencial vegetativo y por tanto incontrolable en un incendio.

Inmediatamente  se pusieron los hechos en conocimiento de los dispositivos de emergencia que en tal ocasión estaban llamados a intervenir. Sin perjuicio de ello, una situación así no permite espera alguna y este Alcalde, que es el Jefe Local de Protección Civil y Jefe de la Junta Local de Seguridad, ejerció desde el primer momento sus competencias y atribuciones legales en la materia.[1] Así, se activó la rápida actuación del grupo de voluntarios de protección civil. Es de agradecer también la ayuda de muchos vecinos que contribuyeron a evitar que el incendio se propagara  más allá del daño que las llamas acabaron haciendo en las fincas afectadas.

En plenos esfuerzos por atenuar los efectos del siniestro, se personaron cuatro agentes de la Guardia Civil, de los cuales dos de ellos mostraron en todo momento una actitud inexplicablemente hostil, primero, frente a algunas de las personas que se afanaban en ese momento, no de modo inadecuado, ni descontrolado, ni ilegal, sino bajo directas y ordenadas instrucciones de esta Alcaldía, en atenuar los efectos negativos del incendio y después, frente al Alcalde.

En lugar de integrarse en el dispositivo y adoptar las medidas que mejoraran la actuación (lo que sí hicieron sus compañeros), los dos agentes citados se dedicaron a exigir la identificación de personas con el sorprendente ánimo de sancionarles, actitud surrealista, si se tiene en cuenta que nos hallábamos en plena lucha contra las llamas. Ante ello, este Alcalde rogó a los dos agentes, dadas las circunstancias,  que dejaran para más adelante las pesquisas sancionadoras y se centraran en lo que a todas luces parecía primordial. Insistiendo siempre de forma educada y respetuosa y bajo la atenta mirada de un buen número de vecinos y vecinas allí presentes.

Ese mismo día, por la noche, la Alcaldía elevó queja a la Delegación del Gobierno ante la actuación de esos dos agentes, lo que ha dado lugar a la correspondiente investigación de lo ocurrido por parte de dicha Delegación. Obviamente, dentro del procedimiento que busca el esclarecimiento de los hechos, resulta básico contar con el testimonio directo de los allí presentes, canalizado a través del propio Ayuntamiento en cuanto Administración Pública directamente interesada.

Este Alcalde mantiene una estrecha y cordial colaboración con la Guardia Civil, a todos los niveles, sin que la actuación personal y errada de dos de sus funcionarios pueda en modo alguno empañar la importante función que el Instituto armado desempeña.

La Asociación que divulga de forma tergiversada y falsa los hechos, no puede erigirse en representante, ni en portavoz de la Institución de la Guardia Civil.  Ello corresponde al Ministerio del Interior no a Asociación alguna. Y será en el procedimiento instado por esta Alcaldía donde se diluciden, si a ello hay lugar, las responsabilidades y la justicia de la queja que se ha formulado contra ellos. Pero no se puede intentar neutralizar dicha queja bajo un equivocado concepto del corporativismo, que no debe incluir el amparo de actuaciones incorrectas aunque provengan de un afiliado o de quien se pretenda captar como tal, ni a base de  afirmaciones calumniosas.

El comunicado de dicha Asociación persigue perjudicar la reputación personal de este Alcalde, atribuyéndole falsamente conductas  fácilmente identificables como delictivas, por lo que se está estudiando detenidamente ejercer contra dicha Asociación las acciones legales que en Derecho correspondan.

Alconchel, 10 de Julio de 2019.

[1] En su condición de Presidente de la Corporación, le corresponde "adoptar personalmente y bajo su responsabilidad, en caso de catástrofe o infortunios públicos, o grave riesgo de los mismos, las medidas necesarias y adecuadas", de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.m) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

El artículo 33.2 de la Ley 10/2019 de 11 de abril, de protección civil y de gestión de emergencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura establece que el Alcalde es la "máxima autoridad de protección civil en el término municipal y del sistema de protección civil municipal; como tal, le corresponde ejercer las labores de dirección y coordinación que se prevean en el plan territorial municipal de protección civil, así como solicitar el concurso de medios y recursos de otras Administraciones públicas y la activación de planes de ámbito superior".

El artículo 8.2 de la Ley 5/2004, de 24 de junio, de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales en Extremadura, establece que "corresponde a los Alcaldes adoptar medidas urgentes en caso de incendio y ordenar, en cualquier caso, la participación de los recursos municipales en las labores de extinción, en colaboración con el personal adscrito al Plan INFOEX."

 



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