A estas alturas del año a todos nos entran dudas sobre la campaña de la
Renta 2018. ¿Cuándo es? ¿Cómo hay que presentarla? ¿Qué es lo que tengo que aportar? ¿Qué novedades hay con respecto a la campaña anterior? Pues no tienes de qué preocuparte, ya que el comparador financiero y de
préstamos asnef online WannaCash.es te muestra a continuación algunos datos de interés para que elabores la declaración de la renta.
¿Cuáles son las fechas para presentar la renta del ejercicio del año anterior?
A partir del 2 de abril empezará la campaña para la presentación de las declaraciones de la Renta y Patrimonio de 2018, aunque desde el 1 de abril podrás solicitar cita previa a través de internet o teléfono.
Si deseas pedir cita previa debes contar con una de las opciones que te presentamos a continuación:
- DNI electrónico o certificado digital para las personas físicas y representantes de personas jurídicas.
- Cl@ve PIN o número de referencia solo para las personas físicas.
También, en el caso de que no tengas ninguna de las opciones anteriores, puedes llamar por teléfono para solicitar cita previa.
Posteriormente, tendrás desde el 14 de mayo hasta el 26 de junio para presentar físicamente la declaración de la renta en las oficinas de AEAT, en las entidades colaboradoras y en las comunidades. Este último día también tendrá lugar la declaración de la renta con resultado a ingresar con domicilliación en cuenta.
El 1 de julio terminará la campaña de la Renta 2018 y también será el último día para presentar las declaraciones con resultado a devolver, la renuncia a la devolución, la respuesta en negativo y el ingreso sin domiciliación del primer plazo.
¿Cuáles son las novedades que trae esta nueva campaña de la Renta 2018?
Algunas de las novedades de la campaña de la Renta 2018 es la deducción por maternidad que ha aumentado a 1.000 euros para los contribuyentes que tengan gastos de custodia por cada uno de los hijos menores de 3 años.
Otra de los cambios que se van a producir para la declaración de la Renta 2018 es la exención de la prestación por baja de maternidad. De este modo, los contribuyentes que han padecido retenciones por esto no tendrán que presentar ningún trámite adicional, dado que en la declaración de la renta incluirá esta cuestión como rentas exentas.
Con respecto a la inversión de las startups, se ha incrementado la deducción de los fondos que se dediquen a tener acciones o participaciones en las empresas emergentes hasta un 30%, es decir, hasta 60.000 euros anuales.
Finalmente, para esta campaña de la Renta de 2018 se ha ampliado el mínimo para la exención de los premios de la loterías, por lo que aquellos premios de hasta 10.000 euros quedarán excusados de incluirlos en la elaboración del IRPF.