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Las denuncias contra Monago
3 de Diciembre | 19:23
Redacción
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El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura aún no ha decidido qué hará con las iniciativas judiciales, planteadas desde diversos ámbitos políticos y sociales, sobre los viajes que José Antonio Monago realizó a Canarias cuando era senador.
Al parecer, según fuentes judiciales, son cuatro las iniciativas que han llegado hasta el TSJ para que los magistrados procesen al actual presidente del Gobierno de Extremadura. Una de ellas ha sido presentada directamente ante la Sala de lo Civil y lo Penal. Todas están en la misma situación: aún no se ha decidido a qué instancia, a qué tribunal le compete ver las denuncias y los hechos ‘puestos en conocimiento de la Fiscalía’ sobre esta cuestión.
Y la decisión no es sencilla. Al Tribunal Superior de Justicia de Extremadura le compete decidir sobre la “inculpación, prisión, procesamiento y juicio” de los diputados del Parlamento extremeño. Artículo 18.2 del vigente Estatuto de Autonomía. Y José Antonio Monago es diputado, además de presidente del Gobierno regional. Pero le compete cuando los actos delictivos, si los hubiere, se cometen dentro del territorio extremeño. “Fuera de dicho territorio la responsabilidad penal será exigible, en los mismos términos, ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo”, añade el artículo 18 en el mismo apartado.
Prácticamente lo mismo se establece en el artículo 35 del Estatuto que, en su apartado ‘c’, dice:
“La responsabilidad penal del presidente y de los consejeros será exigible ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura por los actos delictivos cometidos dentro del territorio de la comunidad autónoma. Fuera de este, la responsabilidad será exigible ante la Sala de lo Penal correspondiente del Tribunal Supremo. La responsabilidad civil por hechos relativos a su función será exigible ante aquel Tribunal Superior.”
Está claro que tanto el Senado como las islas Canarias están fuera de Extremadura, así que el TSJ, al que le han llegado las denuncias, pudiera no tener competencias jurisdiccionales en esta cuestión. Pero aún no lo ha resuelto; lo está estudiando.
Los viajes fueron realizados en los años 2009 y 2010, cuando Monago era senador. Y a los senadores, la Constitución, en su artículo 71.2, le concede la inmunidad, por lo que no pueden ser procesados sin que la Cámara Alta conceda el permiso pertinente. Esa inmunidad también está regulada por el Reglamento del Senado, en su artículo 22. Además, los senadores tienen un fuero especial y sólo pueden ser imputados y juzgados por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, según establece el apartado 3 del mencionado artículo 71.
Monago ya no es senador, desde luego, pero cuando viajó sí lo era y en el caso de que cometiera alguna irregularidad en esos viajes, la cometió como senador. Y por si no fuese suficientemente complejo decidir a qué tribunal compete ver las denuncias sobre los ya famosos viajes, los órganos judiciales aún no han entrado en lo fundamental, en el fondo de la cuestión: determinar si al realizar esos viajes, con cargo al Senado, Monago infringió alguna ley o no lo hizo. Así que el recorrido judicial de las denuncias podría terminar en el Tribunal Superior de Extremadura, que primero se declararía competente y a continuación examinaría si hay delito en los actos denunciados, o llegar hasta el Tribunal Supremo, que haría lo mismo. Y mientras no se sabe a qué tribunal le compete ver el caso ni tampoco si, después de verlo, decidirá iniciar un proceso o archivará las denuncias, a los denunciantes les cabe el mérito, y hasta es posible que la efímera gloria, de haber denunciado al presidente del Gobierno de Extremadura a cuenta de unos viajes por los que el Senado, que los pagó, no ha presentado ni, por lo visto, presentará reclamación. Estamos en lo de siempre: en España no importa perder el juicio si se gana la ‘pena del Telediario’.
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