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Un juzgado da la razón a la Junta y los 219 limpiadores de una oposición de 2010 no tendrán que volver a examinarse

19 de Mayo | 18:09
Redacción
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Mérida ha resuelto la "imposibilidad de ejecutar" la sentencia que obligaba a examinarse de nuevo a todos los aspirantes que superaron el primer ejercicio de la fase de oposición convocada en el año 2010, entre lo que se encontraban los 219 camareros-limpiadores que superaron la totalidad del procesos selectivo.

   El auto, dictado el 18 de mayo de 2016, declara la imposibilidad material de ejecutar la sentencia que ordenaba la retroacción de las actuaciones y realización, nuevamente, del segundo ejercicio de las pruebas selectivas.

   De esta forma, concluye el proceso judicial abierto por una aspirante a estas pruebas que denunció cambios introducidos en los criterios de evaluación de la misma, según indica la Junta de Extremadura en una nota de prensa.

   La resolución judicial considera que ejecutar en sus propios términos la sentencia es "contrario a la equidad", ya que supondría que las 217 personas que llevan trabajando como personal laboral fijo para la Administración desde junio de 2013 tendrían que enfrentarse de nuevo al segundo examen de la oposición, y entiende que en este sentido deben contar con la protección necesaria.

RESERVA DE NOTA

   Por otra parte, aprovechando que actualmente está convocado el proceso de selección para cubrir  nuevas plazas de camarero-limpiador en el que la interesada ha solicitado participar; el auto incide en que a la misma se le reserve la nota del primer ejercicio obtenida en la convocatoria de 2010, sin necesidad de presentarse a ese primer ejercicio para la convocatoria de 2013.

   Con todo ello, el juzgado argumenta que la sentencia objeto de autos es inejecutable puesto que "contravendría los principios de equidad, buena fe y confianza lógica legítima".

   Por todo ello, la Junta de Extremadura acoge con "satisfacción" la resolución judicial "favorable a la tesis defendida" por esta administración, si bien mantiene la "debida cautela" sobre el pronunciamiento al ser susceptible de recurso.



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