La Junta de Extremadura ha habilitado este miércoles, 21 de septiembre, en el Portal de la Transparencia y Participación Ciudadana un servicio que permite a los ciudadanos la presentación "online" de las solicitudes de acceso a la información pública que tenga la naturaleza de "publicidad activa".
Según destaca en nota de prensa la Administración regional, la puesta en funcionamiento de esta utilidad supone otro "claro ejemplo" de su "compromiso" por considerar a la transparencia, el acceso a la información pública y las normas de buen gobierno como los "ejes fundamentales" de "toda" acción política en cuanto que beneficia "el fortalecimiento de la calidad democrática".
De esta forma ya se puede solicitar información a todos los organismos administrativos de la Junta de Extremadura y entidades del sector público autonómico de la región, cumpliendo con las previsiones contenidas tanto en la Ley 4/2013 de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, como a la Ley 19/2013 de 9 de diciembre, de Transparencia.
Dichas normas legales configuran, según incide la Junta, el derecho de acceso a la información pública como la "obligación" de la administración pública de proporcionar y difundir de forma "constante, veraz, objetiva y accesible" la información, "para garantizar la transparencia de la actividad política, de la gestión pública y fomentar con ello la implicación de la ciudadanía", añade.
Así, recalca que "todas las personas, físicas o jurídicas, tienen derecho a acceder a la información pública, sin que tengan obligación de motivar la solicitud ni ostentar la condición de interesado ni tener que justificar su interés".
De igual forma, apunta que si el ciudadano no puede o no considera oportuno presentar la solicitud de acceso a información pública a través de internet, también tiene la posibilidad de realizar el trámite de forma presencial, para lo cual se facilita la descarga del formulario de solicitud de acceso a información pública (PDF rellenable) desde el propio portal, que deberá cumplimentar, imprimir, firmar y presentar en una oficina de registro.
Las solicitudes se dirigirán a las consejerías y a los diferentes organismos autónomos. En el caso de entidades del sector público autonómico, las solicitudes se dirigirán a las consejerías a las que estén adscritas, tal y como se refleja en el listado de organismos a los que dirigir la solicitud que se inserta en la web.