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La Junta destina 6,7 millones a ayudas para 2017 a entidades que presten servicios sociales a personas con discapacidad

14 de Diciembre | 19:13
Redacción
El Consejo de Gobierno ha autorizado la convocatoria de ayudas a entidades públicas y privada sin fin de lucro que presten servicios sociales especializados a personas con discapacidad, para la prestación de servicios y el mantenimiento de plazas, para el ejercicio 2017, por un importe total de 6.777.183 euros.

Así, podrán ser beneficiarias las entidades públicas y entidades privadas sin fin de lucro, inscritas en el Registro Unificado de Entidades y Centros de Servicios Sociales de Extremadura, que presten servicios sociales especializados a personas con discapacidad en la Comunidad Autónoma de Extremadura y en cuyos estatutos figure como objeto social la atención a personas con discapacidad.

Para el ejercicio 2017, el importe de la subvención podrá alcanzar el 100 por ciento del coste total de realización de las actividades subvencionables, sin que la cuantía individual máxima a otorgar a cada una de las entidades beneficiarias pueda exceder del 20 por ciento de los créditos disponibles en la orden de convocatoria.

NORMALIZACIÓN DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD

Además, el Consejo de Gobierno también ha autorizado la convocatoria de ayudas a entidades privadas sin ánimo de lucro que presten servicios sociales especializados a personas con discapacidad, para el desarrollo de programas que incidan en la normalización de la persona con discapacidad, para el ejercicio 2017, por un importe total de 1.125.000 euros.

Según informa el Ejecutivo extremeño, podrán obtener la condición de beneficiarias las entidades privadas sin fin de lucro, inscritas en el Registro Unificado de Entidades y Centros de Servicios Sociales de Extremadura, que presten servicios sociales especializados a personas con discapacidad en la Comunidad Autónoma de Extremadura y en cuyos estatutos figure como objeto social la atención a personas con discapacidad.

El importe de la subvención podrá alcanzar el 100 por ciento del coste total de realización de las actividades subvencionables, sin que la cuantía individual máxima a otorgar a cada una de las entidades beneficiarias pueda exceder del 20 por ciento de los créditos disponibles en la orden de convocatoria.



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