El Diario Oficial de Extremadura ha publicado las convocatorias de dos líneas de ayudas, bajo la metodología LEADER, destinadas a inversiones en las zonas rurales de la comarca Campiña Sur por valor de 1,2 millones de euros.
Las inversiones pueden ser tanto para la creación y desarrollo de empresas y actividades no agrícolas en zonas rurales como para inversiones en transformación y comercialización de productos agrícolas.
Ambas convocatorias serán, por tanto, de aplicación en el ámbito geográfico de la citada comarca que comprende los municipios de Ahillones, Azuaga, Berlanga, Campillo de Llerena, Casas de Reina, Fuente del Arco, Granja de Torrehermosa, Higuera de Llerena, Llera y Llerena.
Además de Maguilla, Malcocinado, Peraleda del Zaucejo, Puebla del Maestre, Reina, Retamal de Llerena, Trasierra, Usagre, Valencia de las Torres, Valverde de Llerena y Villagarcía de la Torre.
El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses contados a partir de este miércoles, día 15 de febrero, según ha informado la Junta de Extremadura en nota de prensa.
DESARROLLO DE EMPRESAS
Para la 'Creación y desarrollo de empresas y actividades no agrícolas en zonas rurales' se establece que serán beneficiarios las personas físicas o jurídicas, agricultores o miembros de una unidad familiar de una explotación agrícola, jóvenes agricultores ya instalados, comunidades de bienes u otras entidades de tipo comunal.
La convocatoria contempla un montante de 750.000 euros y se podrá subvencionar hasta el 60 por ciento de la inversión auxiliable y con el límite máximo de 200.000 euros por proyecto por tener consideración de mínimis.
SEGUNDA LÍNEA
En el caso de la convocatoria para 'Transformación y comercialización de productos agrícolas', los beneficiarios serán las personas físicas, jurídicas o sus agrupaciones tales como las comunidades de bienes y otras entidades a los que para cada una de las actuaciones previstas en la normativa reguladora de la ayuda se les reconozca tal condición. Para estas ayudas, se destinará un presupuesto de 450.000 euros.
Si el resultado del proceso es un producto no contemplado en el Anexo I del Tratado, la ayuda máxima será del 60 por ciento de la inversión y con el límite máximo de 200.000 euros por tener consideración de mínimis.
Sin embargo, si se tratara de un producto contemplado en el Anexo I del Tratado, la ayuda máxima será de un 50 por ciento de la inversión y con el límite máximo de 200.000 euros, no teniendo consideración de mínimis.