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La Junta articulará un nuevo decreto de ayudas para apoyar a entidades asociativas de la economía social y el autoempleo

2 de Mayo | 13:33
Redacción
La Junta articulará un nuevo decreto de ayudas para apoyar a entidades asociativas de la economía social y el autoempleo
El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura ha aprobado este martes un decreto por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a apoyar a las entidades asociativas de la economía social y del autoempleo de la comunidad.

Se trata de un nuevo decreto que deroga el anterior de 2012 y que "modifica por completo" el concepto de beneficiario, según ha explicado en rueda de prensa tras el Consejo de Gobierno autonómico la portavoz de la Junta, Isabel Gil Rosiña.

De tal forma, el nuevo texto normativo contempla como beneficiarios a las entidades asociativas de economía social (sociedad cooperativas, laborales, sociedades agrarias de transformación y empresas de inserción), y a las entidades asociativas de autónomos, ha señalado Gil Rosiña, quien ha añadido que "ambas han de ser de carácter regional para poder acogerse".

Además, la previsión de la convocatoria, que "saldrá cuanto antes" después de que este martes el Consejo de Gobierno de la Junta haya aprobado sus bases reguladoras, es de 247.000 euros de presupuesto autonómico, ha explicado Gil Rosiña.

BENEFICIARIOS

En concreto, el decreto establece dos líneas de subvenciones, una de ellas destinada a entidades asociativas de la economía social (aquellas integradas en su totalidad por sociedades cooperativas, sociedades laborales, sociedades agrarias de transformación o empresas de inserción) y otra a entidades asociativas de trabajadores autónomos (entidades de carácter intersectorial y de ámbito regional integradas en su totalidad por trabajadores autónomos).

Por otra parte, no podrán obtener la condición de beneficiarios para ambas líneas de ayudas las organizaciones profesionales y/o empresariales agrarias, así como las federaciones y confederaciones de entidades asociativas.

Se considerarán subvencionables los gastos generales, siempre que se realicen entre el 1 de enero y el 30 de septiembre del año de cada convocatoria y estén relacionados con la naturaleza de la actividad y la consecución de los fines que les son propios a las entidades beneficiarias.

Como criterios objetivos para la cuantificación de las ayudas se tendrá en cuenta la representación institucional de las entidades, es decir, que estén presentes en órganos colegiados de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, constituidos específicamente como órganos de interlocución en materia de promoción, fomento y difusión de la economía social o el trabajo autónomo.

Además, que hayan realizado trabajos de colaboración con la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura que se acrediten mediante la firma de pactos, planes, estrategias o documentos similares, directamente relacionados con la promoción, fomento y difusión de la economía social o del trabajo autónomo.

Finalmente, se ponderará el volumen de afiliación de las entidades.



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