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Las ayudas para la diversificación de las actividades agrarias podrán alcanzar un máximo de 30.000 euros

20 de Junio | 14:58
Redacción
El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura ha aprobado este martes un decreto por el que se regulan las ayudas para la diversificación de las actividades agrarias mediante iniciativas relacionadas con la atención sanitaria, la integración social, la agricultura respaldada por la comunidad y la educación sobre el medio ambiente y la alimentación.

El porcentaje máximo de la ayuda será del 90 por ciento del importe de la inversión subvencionable, si bien la cuantía máxima de la subvención será de 30.000 euros.

Este tipo de ayudas figura en el Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020, en el que además, se contempla que serán cofinanciadas por la Unión Europea.

En concreto, este decreto establece las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la cooperación para el desarrollo de proyectos pilotos y/o acciones de apoyo en aras de la diversificación de actividades agrarias, según informa la Junta de Extremadura en nota de prensa.

Estas ayudas tendrán como finalidad "impulsar oportunidades de desarrollo de la actividad económica", así como frenar el abandono del campo y, a la vez, generar empleo en el medio rural, todas ellas teniendo como base principal actividades de diversificación del sector agrario.

Podrán ser beneficiarias de las ayudas las personas físicas y jurídicas que conformen un grupo de cooperación y establezcan planteamientos de colaboración para desarrollar los mencionados proyectos pilotos y/o acciones de apoyo.

Por otra parte, el decreto establece como gastos subvencionables los costes del proyecto o actividad, así como los estudios generales, estudios de viabilidad y elaboración de planes empresariales y/o proyectos, así como los costes de actividades de animación e impulso realizadas en la zona de que se trate para hacer viable un proyecto.

También contempla el decreto la posibilidad de subvencionar los gastos de funcionamiento de las actividades de cooperación y las de comunicación y divulgación, así como los costes directos de proyectos específicos.

LA JUNTA RECTORA DE LA ZEC EMBALSE DE ORELLANA Y SIERRA DE PELA

Por otra parte, el Consejo de Gobierno ha aprobado un decreto que modifica otro anterior referido a la regulación de la Junta Rectora de la Zona Especial de Conservación (ZEC) Embalse de Orellana y Sierra de Pela.

Este cambio normativo se justifica en la necesidad de incluir a representantes de diversos sectores en la Junta, caso de la asociación de empresas turísticas cuyo ámbito de negocio se desarrolle en la zona, ya que el turismo se ha consolidado en los últimos años como un recurso de desarrollo.

Además, el nuevo decreto contempla también la inclusión en el órgano rector de un representante de los agentes del medio natural y se eleva a dos el número de representantes de las organizaciones agrarias.

Asimismo, se modifica la representación de las distintas consejerías en el órgano, estableciéndose que cuando una misma consejería tenga atribuida más de una de las competencias en materias que deben estar representadas en el órgano, se designarán tantos representantes como competencias en esas materias tenga atribuidas.

Por otra parte, también se cambia el régimen de nombramiento de los miembros y sus suplencias, estableciéndose, con carácter general, un período de cuatro años de duración para cada nombramiento y atribuyendo la competencia para realizarlo al titular de la Consejería con competencias en materia de medio ambiente.



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